Terminos y condiciones consignación de inmuebles

Condiciones Inmuebles en Arriendo:

El Propietario deja en consignación el inmueble de su propiedad a la firma G&M GRUPO INMOBILIARIO SAS, con Nit 830039760-1 con el fin de promoverlo en ARRENDAMIENTO durante un plazo de determinado de meses que se renovara periódicamente en caso que el propietario no manifieste por escrito su deseo de retirarlo. El Propietario da fe que los datos que suministra sobre el inmueble aquí descrito son ciertos y que a su vez el inmueble se encuentra a paz y salvo por todo concepto, en caso de presentarse reclamación alguna por vicios ocultos el propietario saldrá al saneamiento. A) Una vez sea presentado el interesado y se culmine el proceso de arrendamiento el Propietario reconocerá por la presentación del inquilino una comisión equivalente a un canon de arrendamiento, que deberá cancelar únicamente con cupón de pago a nombre de GRUPO INMOBILIARIO SAS con NIT 830039760-1. B) Si el propietario decide dejar el inmueble con la inmobiliaria para que sea administrado, se compromete a cancelar una comisión mensual del (8%) más IVA. C) El propietario es autónomo en tomar o no las pólizas de seguros que respaldan el canon de arrendamiento, amparo integral, daños, faltantes y servicios públicos. D) La presente consignación tiene los elementos para hacer efectivos los compromisos pactados sin requerimiento con el entendido que los acuerdos en contratos se cumplen cualquiera que sea la forma en que se hayan celebrado, siempre que concurran las condiciones para su validez de manera taxativa, y de acuerdo al código comercial el corredor se hace acreedor a las remuneraciones estipuladas. E) El arrendamiento de inmuebles captados con corretaje para administración o presentación de cliente es uno de los objetos sociales de G&M GRUPO INMOBILIARIO SAS. El propietario delega y acepta expresamente en esta sociedad las siguientes facultades: 1) Anunciar el inmueble para ARRIENDO en la forma y por los medios que se considere convenientes 2) Enseñarlo las veces que sean necesarias. 3) celebrar el respectivo contrato de arrendamiento entre las partes si queda en administración. 4) Asesorar al propietario en caso que el inmueble no esté en condiciones para ser arrendado y que el valor del canon este por fuera del mercado en la zona.

Condiciones Inmuebles en Venta:

El Propietario deja en consignación el inmueble de su propiedad a la firma G&M GRUPO INMOBILIARIO SAS, con Nit 830039760-1 con el fin de promoverlo en VENTA durante un plazo de determinado de meses, que se renovaran en cada vencimiento en caso que el propietario no manifieste por escrito su deseo de retirarlo. El (Los) Propietario(s) certifican que los datos, que suministran sobre el inmueble aquí descritos son ciertos y que a su vez el inmueble se encuentra a paz y salvo por todo concepto, en caso de presentarse reclamación alguna por vicios ocultos el propietario saldrá al saneamiento. A) Una vez sea presentado el comprador al propietario por parte del corredor inmobiliario y se realice la venta El (Los) Propietario(s) pagará a la firma inmobiliaria una comisión equivalente al (3%) en inmuebles urbanos y el (5%) en inmueble rurales, del valor total de la venta que se cancelara con el producto de las arras en el momento de firmar el Contrato de promesa de Compraventa. B) El presente acuerdo tiene los elementos para ser efectivos los compromisos pactados, sin necesidad de requerir a las partes. Los acuerdos y contratos son de cumplimiento cualquiera que sea la forma en que se hayan celebrado, siempre que ocurran las condiciones para su validez. C) El código de comercio estipula de manera taxativa que el corredor tendrá derecho a la remuneración pactada. D) La venta de inmuebles por corretaje es uno de los objetos sociales de G&M GRUPO INMOBILIARIO SAS. Los propietarios aceptan y delegan expresamente en sociedad las siguientes facultades: 1) Anunciar el inmueble para su VENTA en la forma y por los medios que se considere convenientes 2) Enseñarlo, con los interesados las veces que sean necesarias, 3) celebrar el respectivo contrato de Promesa de Compraventa entre las partes si El (los) Propietario(s) lo solicita.

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